Calendario fiscal 2026: Novedades y claves para cumplir con la AEAT
Como cada mes de diciembre la Agencia Tributaria ha publicado en su página web el Calendario del Contribuyente 2026, una herramienta esencial para planificar nuestras obligaciones fiscales y evitar sanciones.
Este calendario no solo marca las fechas clave, sino que también incorpora importantes novedades normativas que entrarán en vigor el próximo ejercicio. A continuación, te explicamos los puntos más relevantes para que puedas organizar tu agenda fiscal con antelación.
¿Por qué es importante el calendario fiscal?
Cumplir los plazos establecidos por la AEAT es fundamental para evitar sanciones y recargos. El calendario permite conocer con antelación las fechas de presentación de cada modelo, adaptando la planificación contable y administrativa de empresas, autónomos y particulares.
Conviene recordar que:
- Si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo se traslada al primer día hábil siguiente, salvo en el caso del modelo 369, cuyo plazo no se modifica.
- Para el modelo 360, relativo a devoluciones de IVA soportado, el plazo se amplía si el vencimiento es inhábil en España, aunque esta regla no aplica para devoluciones solicitadas en otros Estados miembros.
- Domiciliaciones: Entre el fin del plazo para domiciliación y el plazo general para presentar e ingresar debe mediar como mínimo tres días hábiles (o cinco días naturales)
Principales novedades para 2026
El ejercicio 2026 introduce cambios relevantes en varios modelos informativos y de autoliquidación. Estas son las más destacadas:
- Modelo 170: Declaración informativa de operaciones con tarjetas y pagos asociados a móviles. Sustituye al anterior modelo anual y se aplicará por primera vez en febrero de 2026.
- Modelo 185: Cotizaciones de afiliados y mutualistas. El plazo será de 10 días naturales tras el mes declarado.
- Modelo 196: Declaración mensual de cuentas en instituciones financieras y resumen anual de retenciones. Sustituye al modelo 196 anual e integra la información del modelo 291, que desaparece.
Nuevos Modelos
- Modelo 174: Declaración informativa sobre todo tipo de tarjetas. Se presentará en enero del año siguiente al ejercicio declarado. Este modelo fue aprobado por la Orden HAC/747/2025, publicada el 15 de julio de 2025.
- Modelo 319: Pago a cuenta del IVA por entregas de carburantes tras la salida del régimen de depósito fiscal. El ingreso se realiza antes de la extracción del producto. Orden actualmente en tramitación.
Modelos relacionados con el Impuesto Complementario
- Modelo 240, 241 y 242: Comunicación, declaración informativa y autoliquidación del Impuesto Complementario, con plazos específicos según el período impositivo. Aprobado por la Orden HAC/1198/2025, de 21 de octubre (BOE de 29 de octubre de 2025).
Supresión del Modelo 291
La información sobre cuentas de no residentes pasa al nuevo modelo 196 mensual. La última declaración anual del modelo 291 será la correspondiente a 2025, con plazo hasta el 2 de febrero de 2026.
¿Cómo se presentan los impuestos?
La AEAT mantiene la obligatoriedad de la presentación telemática para la mayoría de contribuyentes. Además, según su volumen de actividad y su naturaleza, los contribuyentes tienen diferentes obligaciones de frecuencia en la presentación de autoliquidaciones:
- Anual: Personas físicas, autónomos sin obligación trimestral, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
- Trimestral: Autónomos (en estimación directa u objetiva), profesionales, sociedades y otros entes sin personalidad jurídica.
- Mensual: Autonomos, profesionales y entidades (incluidas sociedades) cuyo volumen de operación supera los 6.010.121,04 € en 2025 (“grandes empresas”), sujetos pasivos del IVA con libros registro electrónicos (SII), IOSS y Administraciones Públicas (incluida la Seguridad Social).
Estas obligaciones de presentación periódica son fundamentales para organizar la gestión fiscal conforme a los requisitos de la AEAT.
Los sistemas de presentación disponibles son:
- Certificado electrónico o DNI electrónico (personas físicas y jurídicas).
- Cl@ve y número de referencia (solo personas físicas).
- Sistema eIDAS para ciudadanos de la UE con identificador español.
Las sociedades mercantiles y grandes contribuyentes deberán presentar todas sus declaraciones electrónicamente con certificado.
Campaña de Renta y Patrimonio 2025
- Del 8 de abril al 30 de junio de 2026: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio correspondientes al ejercicio 2025.
Otras cuestiones de interés
- Exoneración del modelo 390 para determinados contribuyentes.
- Obligación del sistema SII para grandes empresas y grupos de IVA.
- Presentación telemática de libros registro y contabilidad de Impuestos Especiales.
Consulta el calendario completo
Toda la información detallada, incluidos los plazos generales y de domiciliación bancaria, está disponible en la Sede Electrónica de la AEAT.
Como en años anteriores, compartiremos el calendario mes a mes en este blog para ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales sin complicaciones. ¡Mantente atento a nuestras publicaciones!
FTE. AEAT







