Presidente
FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
Estatuto Orgánico de la Profesión de Gestor Administrativo aprobado por Decreto 424/1963 de 1 de marzo.
Artículo 56º.- Las funciones del Presidente del Consejo General son las siguientes:
- Ostentar la representación del Consejo.
- Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias y la fijación del orden del día, teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás miembros formuladas con suficiente antelación.
- Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas.
- Asegurar el cumplimiento de las leyes.
- Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del Consejo.
- Ejecutar debidamente las decisiones del Consejo General.
En los casos de urgencia, asumirá todas las funciones del Consejo General, haciéndolo bajo su responsabilidad y con la obligación de dar cuenta al Pleno más próximo que se celebre, de las resoluciones tomadas para su censura o convalidación.
En el Reglamento de régimen interior se fijarán las restantes atribuciones del Presidente, así como las que correspondan a los demás cargos del Consejo General.
El Vicepresidente 1º sustituirá al Presidente en los casos de ausencia, enfermedad, incapacidad, vacante o delegación.