Claves del nuevo régimen de los contratos formativos

El Real Decreto 1065/2025 establece el nuevo régimen jurídico del contrato formativo en España, regulando las condiciones en las que se combina la actividad laboral con la formación profesional o académica.

Esta normativa desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores y define dos modalidades principales: el contrato de formación en alternancia y el contrato para la obtención de práctica profesional. Su objetivo es ofrecer un marco claro que facilite la adquisición de competencias, garantice derechos laborales y promueva la inserción en el mercado de trabajo.

Contexto y objetivos del Real Decreto

La reforma responde a la necesidad de actualizar el modelo de contratación vinculado a la formación, adaptándolo a las exigencias actuales del mercado laboral. Entre sus objetivos destacan:

  • Favorecer la empleabilidad juvenil mediante contratos con derechos y protección social.
  • Impulsar la formación dual, integrando aprendizaje práctico y teórico.
  • Establecer incentivos para la conversión a contratos indefinidos, reduciendo la temporalidad.

Modalidades del Contrato Formativo

1. Contrato de Formación en Alternancia

Este contrato está orientado a personas que se encuentran en proceso de formación y permite adquirir experiencia laboral sin interrumpir los estudios.

  • Finalidad: Compatibilizar trabajo remunerado con formación profesional, estudios universitarios o programas del Sistema Nacional de Empleo.
  • Destinatarios: Personas que cursan FP, estudios universitarios o programas del Sistema Nacional de Empleo.
  • Duración: Entre 3 meses y 2 años.
  • Jornada: Limitada para garantizar la formación (máx. 65% primer año, 85% segundo).
  • Retribución: Proporcional al tiempo trabajado, nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Tutorización: Obligatoria por parte de la empresa y el centro formativo.

2. Contrato para la Obtención de Práctica Profesional

Este contrato busca consolidar los conocimientos adquiridos en la etapa académica mediante su aplicación práctica en un entorno laboral.

  • Finalidad: Facilitar la experiencia profesional tras obtener una titulación.
  • Destinatarios: Titulados universitarios, FP o certificados equivalentes.
  • Plazo para contratar: Dentro de los 3 años posteriores a la titulación (5 años para personas con discapacidad).
  • Duración: Entre 6 meses y 1 año (hasta 2 años en casos especiales).
  • Periodo de prueba: Máximo 1 mes.
  • Plan formativo: Individual, con certificación final.

Aspectos clave y obligaciones

  • Protección social completa: incluye todas las contingencias, desempleo y FOGASA.
  • Bonificaciones: aplicables a la formación, tutorización y conversión a indefinido.
  • Límites por empresa: el número de contratos formativos está condicionado al tamaño de la plantilla:
    • Hasta 10 trabajadores: 3 contratos.
    • 11-30: 7 contratos.
    • 31-50: 10 contratos.
    • Más de 50: 20% de la plantilla.
  • Negociación colectiva: puede reducir límites y fijar compromisos de conversión a indefinidos.
  • Tutorización: cada tutor puede supervisar hasta 5 personas (3 en centros pequeños).
  • Certificación final: documento emitido por la empresa, firmado por su representante legal, que acredita la experiencia y formación adquirida.

Retos y oportunidades

La reforma plantea oportunidades:

  • Para las empresas: acceso a talento joven y bonificaciones.
  • Para los trabajadores: formación práctica con derechos laborales.

Pero también retos:

  • Garantizar la calidad formativa, evitando que el contrato se use como mano de obra barata.
  • Coordinar centros formativos y empresas, para que la experiencia sea realmente útil.

Disposiciones adicionales y transitorias

  • Especialidades para personas con discapacidad, programas públicos y arraigo socioformativo.
  • Régimen transitorio para contratos anteriores y transición del sistema de becas.
  • Deroga normativa anterior (RD 488/1998, RD 1529/2012 y Orden ESS/2518/2013).

El Real Decreto 1065/2025 introduce un marco regulador que pretende equilibrar formación y empleo, ofreciendo oportunidades tanto para trabajadores como para empresas. Su éxito dependerá de la adecuada implementación y del compromiso de todos los agentes implicados para que la formación práctica se traduzca en una mejora real de la empleabilidad.