Autónomos: Cómo ajustar tu cuota según tus ingresos reales

Si eres autónomo, tienes hasta el 31 de octubre de 2025 para modificar tu base de cotización en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Esta decisión, que tendrá efectos a partir del 1 de noviembre, es fundamental para ajustar tu cuota mensual a tus ingresos reales y garantizar una cobertura adecuada en caso de enfermedad, accidente, maternidad, cese de actividad o jubilación.

Esta decisión es clave para tu protección social y futura pensión.

¿Por qué es importante elegir bien tu base de cotización?

Los trabajadores autónomos tienen la libertad de elegir la base de cotización, dentro de los límites establecidos por edad. Esta elección determina:

  • La cuota mensual a pagar.
  • Las prestaciones por enfermedad, accidente, maternidad, cese de actividad o jubilación.
  • El importe de la pensión futura.

La base que elijas será provisional y se regularizará al finalizar el año según tus rendimientos reales. Un gestor administrativo colegiado puede ayudarte a prever este impacto.

Nuevo sistema de cotización basado en rendimientos netos

Desde la reforma del sistema, la cotización de los autónomos se basa en sus rendimientos netos mensuales. Existen 15 tramos que establecen las bases mínimas y máximas aplicables.

¿Cómo calcular tus rendimientos netos?

Se consideran todos los ingresos obtenidos en el año natural, ya sea como autónomo individual o como socio de una entidad. El cálculo se realiza según las normas del IRPF, aplicando una deducción estándar:

  • 7% de gastos generales para la mayoría de autónomos.
  • 3% si eres:
    • Administrador de una sociedad mercantil con ≥25% de participación.
    • Socio con ≥33% de participación.

Para aplicar el 3%, debes haber estado dado de alta al menos 90 días en el RETA durante el periodo a regularizar.

Bases de cotización para autónomos en 2025

  • Base máxima: sube un 4%, de 4.720,50 € a 4.909,50 € mensuales.
  • Base mínima: se ajusta al nuevo SMI, que pasa de 1.134 € a 1.184 € brutos mensuales.

Tipos de cotización aplicables

Concepto Tipo aplicable
Contingencias comunes 28,30%
Contingencias profesionales 1,30%
Cese de actividad 0,90%
Formación profesional 0,10%
Mecanismo Equidad Intergeneracional (MEI) 0,8% (0,13% autónomo)

¿Qué pasa si tus rendimientos reales no coinciden con la base elegida?

La base elegida tiene carácter provisional. Al finalizar el año, la Agencia Tributaria comunicará tus rendimientos reales a la Tesorería:

  • Si cotizaste por debajo de lo que te corresponde, deberás abonar la diferencia.
  • Si cotizaste por encima, recibirás un reintegro antes del 30 de abril del año siguiente.

Cotización en pluriactividad

Si trabajas por cuenta ajena y como autónomo, y tu cotización anual supera los 16.672,66 €, puedes solicitar el reintegro del 50% del exceso abonado por contingencias comunes.

Tienes hasta el 31 de octubre de 2025 para ajustar tu base de cotización. Esta decisión puede marcar la diferencia en tu protección social y tu pensión futura.