Fernando Santiago: “Luchar contra el intrusismo no es solo proteger al profesional, es también proteger al cliente”

Una sentencia pionera refuerza la seguridad jurídica de los consumidores y avala el papel exclusivo de los Gestores Administrativos colegiados en la tramitación ante las Administraciones.

Madrid, 16 de julio de 2025. El Juzgado de lo Penal nº 1 de Alcalá de Henares ha dictado una sentencia, con fecha de 7 de julio de 2025, que marca un hito en la defensa de la profesión de Gestor Administrativo y en la protección de los consumidores ante el intrusismo profesional. El fallo de la magistrada Cristina Milans del Bosch condena a dos particulares que, sin estar colegiados ni habilitados legalmente, se hacían pasar por Gestores Administrativos y ofrecían servicios reservados a esta profesión, incurriendo en un delito continuado de estafa y un delito continuado de falsedad en documento oficial.

La resolución judicial reconoce expresamente que la actividad de tramitación ante organismos públicos y privados es una función reservada legalmente a los Gestores Administrativos colegiados, lo que refuerza la seguridad jurídica de los ciudadanos y del mercado frente a quienes suplantan esta condición profesional.

La sentencia considera probado que los acusados utilizaron su sociedad para anunciarse como “expertos en transferencias y matriculaciones”, pese a no contar con la colegiación obligatoria ni con habilitación legal alguna. La acusada “no tenía intención alguna de efectuar estas gestiones que, por otro lado, no estaba autorizada a efectuar, ya que se trataba de funciones encomendadas en exclusiva a los Gestores Administrativos colegiados”, señala la resolución.

Además de publicitar servicios que no podían prestar legalmente, los condenados entregaban a los compradores de vehículos documentos que simulaban ser oficiales, con denominaciones como “Autorización provisional de circulación de vehículo” o “Solicitud de cambio de titular”, falsificando el formato y la apariencia de los justificantes electrónicos que solo puede emitir el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos, según la Instrucción 14/V-107 de la Dirección General de Tráfico.

Este caso evidencia cómo el intrusismo profesional no solo supone una competencia desleal, sino que puede lesionar gravemente los derechos de los consumidores, quienes contratan servicios creyendo estar en manos de profesionales habilitados cuando no es así.

La sentencia impone a cada uno de los condenados una pena de cuatro meses y dieciséis días de prisión por un delito continuado de estafa, y otra de cuatro meses y dieciséis días de prisión y multa por un delito continuado de falsedad en documento oficial, aplicando la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. Asimismo, se les condena a indemnizar a una decena de personas afectadas, con cantidades que en algunos casos superan los 2.000 euros, más los intereses legales correspondientes. Parte de esas cuantías se determinarán en fase de ejecución de sentencia, al estar directamente vinculadas con gestiones no realizadas en el proceso de cambio de titularidad de vehículos.

Además, el Juzgado acuerda la suspensión de la ejecución de las penas de prisión durante dos años, condicionada a que los condenados no vuelvan a delinquir, abonen la responsabilidad civil impuesta y permanezcan a disposición judicial. La resolución envía un mensaje claro: quien se presenta falsamente como Gestor Administrativo y ofrece servicios reservados a esta profesión, puede incurrir en responsabilidad penal y civil, con consecuencias que van más allá de lo económico.

“Es una victoria de la profesión, pero también de los ciudadanos. Esta sentencia protege a los consumidores, consolida la reserva legal de actividad y confirma que quien suplanta a un Gestor Administrativo puede ser condenado por estafa”, ha señalado el presidente del Consejo General, Fernando Jesús Santiago Ollero.

Desde el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España se valora de forma muy positiva esta sentencia, que refuerza el marco legal vigente, reconoce el papel exclusivo del Gestor Administrativo colegiado y envía un mensaje claro: el intrusismo tiene consecuencias penales.