¿Qué datos debe comunicar el pensionista a su entidad gestora?

El pensionista deberá comunicar a su entidad gestora, dentro de los 30 días siguientes a que se produzcan, las siguientes variaciones:

  • Cambios de domicilio: residencia habitual o fiscal.
  • Inicio de actividades laborales.
  • Cambios en la situación económica: reconocimiento o cobro de otras prestaciones o pensiones nacionales o extranjeras u otro tipo de rentas.
  • Cambios de la situación familiar: estado civil, nacimientos, defunciones, etc.

Si el pensionista reside en el extranjero debe enviar asimismo el certificado de fe de vida dentro del primer trimestre natural de cada año, para acreditar su vivencia y así poder continuar percibiendo su pensión y evitar su suspensión.

Igualmente, y siempre antes del 1 de marzo de cada año, los pensionistas que tengan asignados complementos por mínimos en su pensión y que hayan obtenido ingresos brutos por rentas de trabajo, capital u otros conceptos (superiores a la cuantía que anualmente se establezca), deberán presentar declaración expresa de los mismos.

Consulta a tu gestor administrativo colegiado en caso de duda.

Fuente: seguridadsocial.es