Real Decreto-ley 16/2025: Todas las novedades en pensiones, módulos y vivienda en 2026

El Real Decreto-ley 16/2025, publicado el 24 de diciembre, prorroga y amplía medidas sociales y económicas para 2026. Además, introduce cambios que impactan directamente en los ámbitos fiscal, laboral y social claves para empresas y particulares. A continuación, te explicamos las novedades más relevantes.

1. Vivienda: moratoria de desahucios y compensación a propietarios

Se prolonga la suspensión de desahucios y lanzamientos de hipotecas o alquileres para hogares vulnerables hasta el 31 de diciembre de 2026. Esta prórroga se articula mediante la modificación de diversos reales decretos leyes anteriores (RDL 11/2020, RDL 37/2020), y activa la disposición transitoria tercera de la Ley 12/2023, de derecho a la vivienda.

Además, los propietarios afectados podrán solicitar compensaciones a través del procedimiento establecido en el Real Decreto 401/2021, con plazo extendido hasta el 31 de enero de 2027.

2. Energía: continuidad del bono social y garantía de suministro

El bono social eléctrico se mantiene en vigor durante todo 2026. Los descuentos aplicables son del 42,5 % para consumidores vulnerables y 57,5 % para vulnerables severos.

Además, se extiende la prohibición de cortes de agua, luz y gas a hogares vulnerables hasta el 31 de diciembre de 2026, garantizando el acceso a suministros básicos.

3. Pensiones y Seguridad Social: actualización y compatibilidades

Revalorización de pensiones

  • Aumento del 2,7 % general: Todas las pensiones contributivas del sistema de Seguridad Social y del Régimen de Clases Pasivas se incrementan un 2,7 % para 2026, conforme al IPC medio del último año.
  • Pensiones mínimas contributivas: Incremento mínimo del 7 % para perceptores sin cargas familiares y hasta un 11,4 % para quienes tengan cónyuge o dependientes a su cargo.
  • Pensiones no contributivas e IMV: Se revalorizan un 11,4 %.

Topes y bases de cotización

  • Base máxima de cotización: Se fija en 5.101,20 €/mes para 2026, con efecto desde el 1 de enero.
  • Bases mínimas: Se ajustan automáticamente en función del SMI incrementado en un sexto. Como el SMI vigente de 2025 es de 1.184 €/mes, esta regla implica una subida proporcional para las bases mínimas vigentes en los distintos grupos de cotización.
  • Autónomos (RETA): Mantienen las tablas de cotización de 2025, pero se actualiza la base máxima de los tramos 11 y 12 para alinearlas con el nuevo tope máximo general.

Cotizaciones adicionales:

  • Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): La cotización se establece en un total de 0,90 p. p. para 2026: 0,75 % a cargo de la empresa y 0,15 % a cargo del trabajador.
  • Cotización de solidaridad: Se aplica por tramos de retribución:
    1. Del euro 5.101,21 al 5.611,32 €: 1,15 % (0,96 % empresa, 0,19 % trabajador).
    2. Del 5.611,33 al 7.651,80 €: 1,25 % (1,04 % empresa, 0,21 % trabajador).
    3. Sobre 7.651,80 €: 1,46 % (1,22 % empresa, 0,24 % trabajador).

Compatibilidad jubilación-actividad

Se extiende la posibilidad de compatibilizar la pensión con el ejercicio profesional, especialmente para médicos de atención primaria, pediatras, agentes forestales y bomberos, tal y como se recogió en la normativa de 2023–2025.

Quienes operan en estos colectivos verán una cotización adicional del 10,60 % (8,84 % empresa y 1,76 % trabajador), permitiéndoles acceder a jubilación anticipada con coeficientes reductores.

4. Empleo: estabilidad y protección

  • Salario Mínimo Interprofesional (SMI): Se mantiene el SMI de 2025 hasta que se apruebe el de 2026, evitando incertidumbre en la confección de nóminas.
  • Prohibición de despidos: Empresas que reciban ayudas públicas no podrán despedir alegando incremento de costes energéticos.

5. Fiscalidad: incentivos y prórrogas clave

Eficiencia energética y movilidad sostenible

Se mantienen las deducciones por inversiones en rehabilitación energética de viviendas y la adquisición de vehículos eléctricos, así como por la instalación de puntos de recarga, con el objetivo de impulsar una transición energética verde.

Régimen de estimación objetiva y simplificados

El RDL 16/2025 prorroga el régimen de estimación objetiva del IRPF y el régimen simplificado del IVA, manteniendo los límites excluyentes vigentes en 2025:

  • 250 000 € de ingresos anuales para todas las actividades (excepto agrícolas, ganaderas y forestales).
  • 125 000 € de facturación a empresarios o profesionales.
  • El total de compras (sin inmovilizado) no podrá superar 250 000 €.
  • Se establece un plazo excepcional hasta el 31 de enero de 2026 para renunciar o revocar la opción de módulos mediante el modelo 036. También se considerará renuncia tácita si se utiliza la estimación directa desde el primer pago fraccionado o se elige el régimen general de IVA.

Exenciones por catástrofes naturales

Se mantienen las exenciones en IRPF y Sociedades para personas y empresas afectadas por incendios forestales y la DANA, así como mecanismos de libertad de amortización para inversiones en energías renovables.

Plusvalía municipal

Se actualizan para 2026 los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento de valor.

6. Financiación territorial: estabilidad para administraciones

  • Entregas a cuenta a comunidades autónomas y entidades locales: Se ajustan para evitar efectos negativos por la prórroga presupuestaria y asegurar su liquidez en 2026..
  • Endeudamiento excepcional: Autorización para la Comunitat Valenciana por gastos derivados de la DANA.