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El Tribunal Supremo falla contra las tarjetas revolving

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia histórica (número 257/2026, de 17 de febrero) que estima por primera vez una demanda colectiva contra las tarjetas revolving, en concreto contra la Carrefour Pass, presentada por la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN) en 2020. La Sala de lo Civil declara nula la cláusula principal que regula el sistema de amortización revolving (con un TAE del 21,99 %) al considerar que no supera el control de transparencia exigido por la normativa europea y española de protección al consumidor. El contrato no informaba de forma clara y comprensible al cliente medio sobre el funcionamiento del crédito aplazado, los riesgos de sobreendeudamiento ni el “efecto bola de nieve” (donde los intereses generan más intereses), priorizando en cambio las ventajas de fidelización de la tarjeta ofrecida en las cajas de los supermercados Carrefour.

Esta resolución, firme e irrecurrible, refuerza la jurisprudencia previa del Supremo y del Tribunal de Justicia de la UE sobre tarjetas revolving abusivas por falta de transparencia, especialmente en contratos anteriores a los cambios normativos de 2021. La sentencia abre la puerta a reclamaciones masivas para cientos de miles de afectados, pues se estima que en 2019 circulaban hasta 1,5 millones de tarjetas Carrefour Pass con un saldo vivo de crédito de alrededor de 3.000 millones de euros. Los clientes pueden reclamar la devolución de los intereses remuneratorios cobrados de más, comisiones asociadas y la recalculación de la deuda eliminando el sistema abusivo.

ASUFIN y otras plataformas especializadas ya están movilizando a los afectados para acciones colectivas o individuales, destacando que el sobreendeudamiento generado por estas tarjetas ha afectado gravemente a muchas familias.

 

La Seguridad Social incluye 11 nuevas patologías que permitirán adelantar la jubilación a los 56 años sin penalización

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha ampliado el catálogo de patologías que permiten a las personas con discapacidad igual o superior al 45% adelantar su jubilación hasta los 56 años sin recorte en la cuantía de la pensión.

Las 11 nuevas patologías incorporadas al catálogo del Real Decreto 1851/2009, que permiten adelantar la jubilación a los 56 años para personas con discapacidad igual o superior al 45 %, sin recorte en la pensión, son las siguientes:

  1. Espina bífida
  2. Amiloidosis por transtiretina variante (ATTRv)
  3. Párkinson
  4. Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert)
  5. Enfermedad de Huntington
  6. Enfermedad renal crónica estadio 5
  7. Esclerosis sistémica
  8. Lesión medular
  9. Degeneración corticobasal
  10. Atrofia multisistémica
  11. Parálisis supranuclear progresiva

La medida, anunciada por la ministra Elma Saiz tras reunirse con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), se enmarca en una actualización del anexo normativo y se considera una “medida de justicia” para trabajadores cuya patología condiciona severamente su día a día y su capacidad laboral. Estas enfermedades se suman al listado existente tras una evaluación técnica que confirma su impacto grave en la esperanza de vida y la capacidad laboral.

Para acceder a esta jubilación anticipada, los requisitos incluyen estar en alta o situación asimilada, haber cotizado al menos 15 años en total y, dentro de ese periodo, al menos 5 años con el grado de discapacidad reconocido igual o superior al 45 % causado por alguna de las patologías del listado.

El Gobierno prevé que la regulación esté lista antes del verano de 2026, permitiendo que miles de afectados equiparen su edad de retiro a la de otros colectivos con condiciones similares de vulnerabilidad.

 

El Registro Estatal de Viviendas Turísticas abre una batalla legal entre Gobierno, Comunidades Autónomas y Propietarios

El registro estatal de viviendas turísticas, implementado a través de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos y gestionado por los Registradores de la Propiedad, ha desatado una intensa batalla legal en España. Esta medida, impulsada por el Ministerio de Vivienda para controlar el crecimiento descontrolado de estos alojamientos y combatir la escasez de vivienda asequible, ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo por varias comunidades autónomas y asociaciones de propietarios, que la consideran una invasión de competencias.

La Junta de Andalucía y la Federación Catalana de Apartamentos Turísticos (Federatur) lideran la oposición, argumentando que las autonomías tienen la exclusiva competencia en turismo y vivienda y que el registro estatal genera duplicidad administrativa innecesaria. Andalucía, en particular, ha mostrado rechazo desde el principio y confía en que el Supremo falle a su favor. Los propietarios afectados denuncian que miles de viviendas con licencias autonómicas válidas han sido rechazadas o no pueden anunciarse, lo que les impide operar legalmente y genera un impacto económico significativo en zonas turísticas como la Costa del Sol o Cataluña.

El Gobierno defiende la norma como un avance en la regulación europea de alquileres de corta duración, presentando a España como “alumno aventajado”. Ha solicitado la retirada de más de 86.000 anuncios irregulares en plataformas y destaca que el registro ha contribuido a una reducción histórica del 12,4% en el número de viviendas turísticas en 2025. Sin embargo, el conflicto pone de manifiesto tensiones competenciales entre el Estado central y las regiones, agravadas por el impacto de los pisos turísticos en la crisis de vivienda y la convivencia en ciudades como Madrid, Barcelona o Sevilla.

Esta disputa legal podría resolverse en el Supremo en los próximos meses, con posibles implicaciones para la sostenibilidad del modelo turístico y la protección del derecho a la vivienda. El registro, que entró plenamente en vigor el 1 de julio de 2025, tras su inicio en enero con periodo transitorio, obliga a todos los propietarios de pisos turísticos y alquileres de corta duración a obtener un número de registro único para poder anunciarlos en plataformas como Airbnb o Booking.

 

El empleo entre mayores de 65 años alcanza máximos históricos

El empleo entre los mayores de 65 años en España ha alcanzado un máximo histórico en la serie de la Encuesta de Población Activa (EPA), según datos del cuarto trimestre de 2025 publicados recientemente por el INE. En total, se registraron 390.300 ocupados en el tramo de 65 a 69 años, la cifra más alta del siglo XXI y desde que se inicia la serie en 1970. La tasa de ocupación para este grupo etario ha llegado a niveles récord de los últimos 45 años, aunque aún está lejos de los valores de los años 70, cuando superaba el 30% en hombres antes de la mayor incorporación femenina al mercado laboral.

En la última década, la proporción de personas mayores de 65 años que permanecen activas en el empleo se ha triplicado: la tasa de ocupación para hombres de 65-69 años ha pasado del entorno del 5% a cerca del 14,1%, y para mujeres al 12,1%. Este crecimiento sostenido año tras año refleja un cambio estructural en el mercado laboral, impulsado principalmente por las reformas que elevan progresivamente la edad legal de jubilación (actualmente en 66 años y 10 meses para muchos en 2026, camino a los 67 años), lo que obliga a muchos a retrasar la salida del trabajo.

Expertos como el think tank Funcas señalan que estas modificaciones en el sistema de pensiones, junto con incentivos a la jubilación flexible y parcial, explican en gran medida el fenómeno, más que un supuesto “amor por el trabajo” en edades avanzadas. El aumento también se observa en el tramo de 60-64 años, contribuyendo a un envejecimiento general de la población ocupada, donde los mayores de 55 años crecen más rápido que el resto de las edades desde la reforma laboral de 2022.

Esta tendencia marca una nueva realidad demográfica y laboral en España, con implicaciones para la sostenibilidad de las pensiones y la necesidad de políticas que faciliten la permanencia o reincorporación de los seniors, aunque persisten desafíos como el edadismo en ciertos sectores. El récord subraya cómo el retraso de la jubilación está reconfigurando el empleo en edades tradicionalmente asociadas al retiro.