Calendario fiscal de julio 2025: claves, modelos y fechas límite
El mes de julio marca uno de los periodos más intensos del calendario fiscal español. Con numerosas obligaciones tributarias concentradas en pocas semanas, tanto autónomos como empresas deben prestar especial atención a las fechas límite establecidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Declaraciones trimestrales, pagos fraccionados y otras gestiones clave hacen de este mes un momento crucial para evitar sanciones y mantener la regularidad fiscal.
Principales hitos del mes
Durante julio destacan tres momentos importantes para los contribuyentes:
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Pagos fraccionados de la Renta e IVA correspondientes al segundo trimestre de 2025.
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Declaración anual 2024 de Sociedades y Renta de no Residentes para entidades con periodo impositivo en el año natural.
En este artículo te resumimos los principales hitos del mes y las declaraciones que debes tener en cuenta para evitar sanciones.
Obligaciones fiscales por fechas
🗓️ Hasta el 12 de julio
Estadística de comercio intracomunitario – INTRASTAT:
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Junio 2025: Obligados a suministrar información estadística.
🗓️ Hasta el 21 de julio
Renta y Sociedades
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las Instituciones de Inversión Colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas y, de rentas de no residentes obtenidas sin establecimiento permanente.
- Junio 2025. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230
- Segundo trimestre 2025: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216
Pagos fraccionados Renta
- Segundo trimestre 2025:
- Estimación directa: 130
- Estimación objetiva: 131
IVA
- Junio 2025. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
- Segundo trimestre 2025. Autoliquidación: 303
- Segundo trimestre 2025. Declaración-liquidación no periódica: 309
- Segundo trimestre 2025. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
- Segundo trimestre 2025. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
- Solicitud de devolución de cuotas reembolsadas a viajeros por empresarios en recargo de equivalencia: 308
- Solicitud de devolución por sujetos pasivos en el régimen simplificado del IVA y que ejerzan la actividad de transporte de viajeros o de mercancías por carretera, por adquirir determinados medios de transporte: 308
- Reintegro de compensaciones en el Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341
Impuesto sobre las Primas de Seguros
- Junio 2025: 430
Impuestos Especiales de Fabricación
- Abril 2025. Grandes empresas: 561, 562, 563
- Junio 2025: 548, 566, 581
- Junio 2025: 573 (Autoliquidación), A24 (Solicitud de devolución)
- Segundo trimestre 2025: 521, 522, 547
- Segundo trimestre 2025. Actividades V1, F1: 553 (establecimientos autorizados para la llevanza de la contabilidad en soporte papel)
- Segundo trimestre 2025. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572
- Declaración de operaciones por los destinatarios registrados y representantes fiscales: 510
Impuesto Especial sobre la Electricidad
- Junio 2025. Grandes empresas: 560
- Segundo trimestre 2025. Excepto grandes empresas: 560
Impuestos Medioambientales
- Junio 2025. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: 592
- Segundo trimestre 2025. Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Autoliquidación: 587. Solicitud de devolución: A23. Presentación contabilidad de existencias
- Segundo trimestre 2025. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: 592. Solicitud de devolución: A22
- Año 2025. Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas. Segundo pago fraccionado 585
Impuesto Especial sobre el Carbón
- Segundo trimestre 2025: 595
Impuesto sobre las Transacciones Financieras
- Junio 2025: 604
Aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma
- Pago a cuenta 2P 2025: 793
🗓️ Hasta el 25 de julio
IS e IRNR
Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)
- Declaración anual 2024. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural: 200, 206, 220.Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.
Declaración de prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración Tributaria
- Año 2024. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural: 221Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.
Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen económico y fiscal de Canarias y otras ayudas de Estado por contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes (establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)
- Año 2024. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural: 282Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.
Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen fiscal especial de las Illes Balears por contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes (establecimientos permanentes)
- Año 2024. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural: 283Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.
🗓️ Hasta el 30 de julio
IVA
- Junio 2025. Autoliquidación: 303
- Junio 2025. Grupo de entidades, modelo individual: 322
- Junio 2025. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
- Junio 2025. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
Impuestos Medioambientales
- Segundo trimestre 2025. Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Autoliquidación: 593
🗓️ Hasta el 31 de julio
Número de Identificación Fiscal
- Segundo trimestre 2025. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito: 195
IVA
- Junio 2025. Ventanilla única – Régimen de importación: 369
- Segundo trimestre 2025: Ventanilla única – Regímenes exterior y de la Unión: 369
Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito
- Autoliquidación 2024: 411
- Pago a cuenta. Autoliquidación 2025: 410
Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales
- Segundo trimestre 2025: 490
Impuestos Medioambientales
- Junio 2025. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Presentación contabilidad y libro registro de existencias
- Segundo trimestre 2025. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Presentación contabilidad y libro registro de existencias
Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas
- Año 2024: 718
Declaración informativa sobre pagos transfronterizos
- Segundo trimestre 2025: 379
Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables
- Segundo trimestre 2025: 235
Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la zona especial canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario
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- Segundo trimestre 2025: 281
Conclusión: ¿Qué debes hacer?
Este mes requiere una planificación precisa y anticipación. Asegúrate de:
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Revisar si debes presentar alguno de los modelos mencionados.
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Consultar con tu gestor administrativo para verificar los plazos aplicables a tu caso.
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Presentar todo a tiempo para evitar recargos y sanciones.
Fuente: Agencia Estatal de Administración Tributaria