Lotería de Navidad: resuelve con un gA todas tus dudas

Recopilamos en este post una selección de preguntas que a algunos nos surgen cuando se va acercando el día del sorteo especial de la Navidad. Las ilusiones son muchas, no tantas las probabilidades, y no está de más conocer algunos detalles importantes para que la noticia de tu vida no acabe en tragedia.

Cuando compramos el décimo de lotería, ¿nos están cobrando IVA? 

No, están exentos de IVA las loterías, apuestas y juegos organizados por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y la Organización Nacional de Ciegos y por los organismos correspondientes de las comunidades autónomas.

¿Dónde se puede cobrar un décimo de lotería premiado?

Si te han tocado menos de 2.000 €, podrás cobrar tu premio en cualquier punto de venta de la red de Loterías.

Si tu premio supera los 2.000 € tendrás que cobrarlo en una de las entidades financieras autorizadas por SELAE, las cuales no te cobrarán ninguna comisión, ni te exigirán contraprestación alguna.

Lotería compartida

Si se trata de premios compartidos (entre compañeros de trabajo, amigos, familiares, etc.), la persona que se manifieste como beneficiario único en el momento del cobro, deberá acreditar ante la Administración Tributaria, que el premio se ha repartido a los titulares de participaciones, y deberá identificar a cada ganador así como el porcentaje de participación.

¿El premio obtenido es ganancial?

En el caso de matrimonio en régimen de gananciales, el premio obtenido por cualquiera de los cónyuges en el juego pertenecen a la sociedad de gananciales.

Premios exentos

Estarán exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 € Los premios cuyo importe íntegro sea superior a 40.00 € solo tributarán respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.

La base de la retención del gravamen especial estará formada por el importe del premio que exceda de la cuantía exenta. El porcentaje de retención o ingreso a cuenta será del 20 %.

¿Se puede cobrar un décimo de Lotería roto?

En el caso de que el décimo esté roto o en mal estado, se deberá llevar a una Administración de Lotería, y si está muy deteriorado, será la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre la encargada de verificar la autenticidad del décimo, quien determinará si debe ser pagado o no.

¿y si lo he perdido?

En este caso tienes que presentar una denuncia en la Policía Nacional o Guardia Civil del lugar donde ocurrieron los hechos, antes de la celebración del sorteo y notificarlo a la Asesoría Jurídica de Loterías y Apuestas del Estado. En caso de que el décimo resulte premiado, con dicha denuncia se puede paralizar el pago hasta que se determine la titularidad del décimo.

¿Puedo reclamar mi premio en cualquier momento?

No, el derecho al cobro de premios de Lotería Nacional caduca a los tres meses, contados desde el día siguiente al del sorteo a que correspondan. Pasado este plazo, el importe de los premios no reclamados quedará a beneficio del Tesoro. Este plazo se ampliará en un día si el último del período fuera festivo en la localidad en que se tramite el pago.