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El Gobierno aprueba el Plan Estival 2026: medidas obligatorias para proteger a los trabajadores del calor extremo

El Consejo de Ministros aprobó el martes 9 de junio el Plan Estival 2026, el paquete de medidas y planes de actuación destinado a proteger la salud y seguridad de los trabajadores ante las temperaturas extremas durante el verano. Impulsado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el plan refuerza las obligaciones preventivas de las empresas en el marco de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y del Real Decreto-ley 8/2024.

El documento intensifica la vigilancia de la Inspección de Trabajo, especialmente en sectores de alto riesgo como la agricultura, la construcción y la hostelería, y priorizará las denuncias de trabajadores por estrés térmico. Entre las obligaciones y recomendaciones concretas para las empresas destacan:

  • Evaluar los riesgos de estrés térmico y actualizar las evaluaciones de riesgos y planes de emergencia antes del verano.
  • Proporcionar agua potable y ropa de trabajo adecuada.
  • Reorganizar los horarios para evitar las horas de mayor insolación.
  • Facilitar procesos de aclimatación de los trabajadores.
  • Identificar y proteger especialmente a las personas más vulnerables (por edad, salud o condiciones previas).

Estas medidas se complementan con inversiones del Ejecutivo para mitigar los efectos del calor en otros ámbitos: 168 millones de euros para climatizar y mejorar la eficiencia energética de centros sanitarios y 200 millones de euros para instalaciones educativas, transferidos a las comunidades autónomas.

El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha puesto en marcha una campaña informativa con fichas técnicas, recomendaciones y materiales de sensibilización para empresas y trabajadores. Desde el Ministerio de Trabajo recuerdan que el incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones graves por parte de la Inspección de Trabajo.

Según datos del INSST, durante las olas de calor los accidentes laborales se incrementan un 17%. El calor extremo es responsable de al menos el 4% de los accidentes mortales y afecta a más de 5,5 millones de trabajadores en sectores expuestos.

Los trabajadores en baja laboral deberán relacionarse electrónicamente con la Seguridad Social a partir del 1 de septiembre

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por Elma Saiz, ha aprobado la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, publicada en el BOE el 1 de junio de 2026. Esta norma incorpora a los perceptores y solicitantes de prestaciones por incapacidad temporal (baja laboral), incapacidad permanente y lesiones permanentes no incapacitantes al sistema de notificaciones electrónicas obligatorias, acelerando así la digitalización de las comunicaciones administrativas.

A partir del 1 de septiembre de 2026, estas personas deberán recibir todas las comunicaciones y notificaciones de la Seguridad Social a través de la Sede Electrónica (SEDESS). Esto incluye resoluciones sobre el reconocimiento, prórroga, revisión o extinción de prestaciones, requerimientos de documentación y cualquier otro trámite relacionado con su situación.

La norma argumenta que los trabajadores incorporados al mercado laboral suelen disponer de dispositivos electrónicos y los conocimientos necesarios para gestionar estas comunicaciones. Se sigue el precedente establecido en 2020, cuando se impuso esta obligación a los perceptores de prestaciones por nacimiento y cuidado del menor, riesgo durante el embarazo o lactancia (principalmente personas entre 25 y 40 años).

Los trabajadores en procesos de baja tendrán la obligación de activar su acceso a la Sede Electrónica mediante Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico, y de mantener actualizados sus datos de contacto. La falta de consulta de las notificaciones electrónicas podrá tener consecuencias en los plazos para presentar alegaciones o recursos.

La orden incluye excepciones para evitar situaciones de indefensión, como la posibilidad de notificaciones en papel o presenciales en determinados casos. Además, los centros de la Seguridad Social prestarán apoyo para facilitar el acceso a los medios electrónicos.

Esta novedad adquiere especial relevancia en un contexto de récord histórico de bajas laborales. Según la Encuesta de Población Activa (EPA) del primer trimestre de 2026, más de 1,07 millones de ocupados se ausentan semanalmente de su puesto por enfermedad, accidente o incapacidad temporal. Por su parte, los informes de absentismo de Randstad e INE sitúan la media diaria de personas en baja médica en torno a 1,16-1,24 millones en los últimos trimestres analizados.

 

El pluriempleo se dispara un 35% tras la reforma laboral y afecta a 611.000 trabajadores

El número de ocupados que compaginan dos o más empleos ha alcanzado niveles históricos en España. Según la Encuesta de Población Activa (EPA) del primer trimestre de 2026, son 611.600 las personas con un empleo secundario, lo que representa un aumento del 35% respecto al primer trimestre de 2021 (452.400), justo antes de la entrada en vigor de la reforma laboral.

Aunque el dato refleja un ligero descenso respecto al cuarto trimestre de 2025 (632.600), el pluriempleo se mantiene en máximos históricos y ha crecido un 44,6% en comparación con hace una década (423.000 personas).

La mayoría de estos trabajadores (76,8%, unos 496.600) tienen su empleo principal como asalariados. En cuanto al empleo secundario, el 65% se realiza también como asalariados (alrededor de 399.000), mientras que 208.300 lo hacen como autónomos, un segmento que ha crecido casi un 49% desde antes de la reforma. El 87% de los pluriempleados (531.800) proviene del sector servicios.

Este fenómeno se concentra especialmente en sectores con elevada presencia de contratos a tiempo parcial y sueldos más bajos. Los pluriempleados representan aproximadamente el 2,7% del total de ocupados.

Distintas fuentes y analistas vinculan este repunte a la necesidad de completar ingresos ante el elevado coste de la vida, especialmente la vivienda. Un estudio reciente de InfoJobs indica que, de media, los españoles destinan el 50% del sueldo bruto al alquiler, porcentaje que supera el 70% en zonas tensionadas como Madrid y Cataluña.

 

La Comisión Europea aclara cómo identificar IA de alto riesgo según el Reglamento de IA

La Comisión Europea ha publicado el borrador de las esperadas directrices para ayudar a empresas y autoridades a determinar qué sistemas de inteligencia artificial deben considerarse de “alto riesgo” según el Reglamento de IA (AI Act). Bruselas avanza así en la implementación efectiva del primer gran marco regulatorio de IA del mundo, buscando el equilibrio entre innovación y protección de los derechos fundamentales.

El documento ofrece claridad práctica sobre la aplicación del artículo 6. Las orientaciones publicadas, que no crean nuevas obligaciones legales, detallan los criterios para clasificar los sistemas de IA que pueden afectar significativamente a la salud, la seguridad o los derechos fundamentales de las personas. Se centran en dos vías principales:

  • Sistemas que forman parte de productos regulados por su seguridad (Anexo I).
  • Aquellos utilizados en ámbitos sensibles listados en el Anexo III (biometría, contratación laboral, educación, crédito, justicia e infraestructuras críticas).

La clasificación debe basarse en la finalidad prevista, el contexto de uso y el posible impacto. Ni la supervisión humana ni el nombre comercial del producto son determinantes: si la IA influye de forma relevante en decisiones que afectan a las personas (selección de personal, evaluaciones educativas, scoring crediticio, etc.), es muy probable que se considere de alto riesgo. Las directrices prestan especial atención al profiling (elaboración de perfiles) y a los sistemas de agentes de IA coordinados.

La publicación de estos criterios es especialmente relevante para las empresas, que deben realizar autoevaluaciones, documentar sus herramientas y preparar la conformidad en los próximos meses. Una correcta clasificación inicial es esencial para evitar costes adicionales en auditorías y posibles sanciones.

La Comisión ha abierto una consulta pública hasta el 23 de junio de 2026. Las obligaciones principales para sistemas de alto riesgo tenían prevista su entrada en vigor el 2 de agosto de 2026, aunque el Digital Omnibus contempla posibles prórrogas (hasta finales de 2027 o 2028 según el tipo de sistema).