UNIÓN EUROPEA: “PAQUETE DE SIMPLIFICACIÓN FISCAL PARA RACIONALIZAR EL CUMPLIMIENTO Y MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DEL MERCADO ÚNICO”

El pasado 24 de junio de este mismo año, la Comisión Europea publicó un Comunicado de Prensa sobre la aprobación del “Paquete de simplificación fiscal para racionalizar el cumplimiento y mejorar la competitividad del mercado único”.

Toda la información relativa al Paquete de Simplificación Fiscal que acompaña al Comunicado puede consultarse en el enlace oficial de la Comisión Europea: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_26_1439

Antecedentes y principales contenidos.

Junto con el Paquete actual, la Comisión ya ha presentado doce “paquetes ómnibus” y un amplio conjunto de medidas específicas a lo largo de 2025, recortando más de 18,000 millones de euros en costes administrativos anuales recurrentes.

Desde el inicio del actual mandato se ha planteado la simplificación como una prioridad de la Comisión, con el objetivo de lograr:

  • Un 25 % de reducción de las cargas administrativas (35 % para las pymes), y
  • 500 millones de euros de ahorro anual hasta 2029.

La simplificación es una parte fundamental de la agenda de competitividad de la Comisión, por lo que no se trata únicamente de “reducir el papeleo”, sino de cambiar la cultura reguladora de Europa, es decir, de:

  • Diseñar normas más claras desde el principio, más proporcionadas y más fáciles de entender y cumplir para las empresas, especialmente las pymes.
  • Mantener los altos estándares de Europa, facilitando al mismo tiempo la inversión, la innovación y el crecimiento en todo el mercado único.

Las Directivas que se ven afectadas, fundamentalmente, por el PSF son las siguientes:

– Directiva sobre Sociedades Matrices y Filiales (PSD)

– Directiva sobre Intereses y Cánones (IRD)

– Directiva sobre Fusiones Fiscales (TMD)

– Directiva contra la Elusión Fiscal (ATAD)

– Directiva sobre el Mecanismo de Resolución de Litigios (DRM)

– Directiva FASTER, que también será modificada para garantizar que su ámbito de aplicación incorpore las actualizaciones de las Directivas PSD e IRD.

El ejercicio de refundición afecta a todas las DAC.

Las nuevas medidas incluidas en la propuesta afectan a DAC1, DAC4, DAC5, DAC6, DAC7 y DAC9. No obstante, algunas disposiciones tienen carácter general y producirán efectos sobre todas las partes de la DAC.

Los principales elementos de simplificación de la propuesta y cómo se beneficiarán las empresas de la UE, incluidas las pymes, se refieren a DAC4/DAC9, DAC6 y DAC7.

Así, por ejemplo, el proceso de notificación para las entidades incluidas en el ámbito de DAC4 y DAC9 se simplificará considerablemente, introduciendo una única notificación para DAC4/DAC9, mediante la cual una entidad presentará la notificación en nombre de todo el grupo. Además, existirá un calendario y un contenido normalizados para la notificación, que incluirán el nombre de la entidad informante y el lugar donde presentará la información.

Igualmente, se eliminará el requisito de informar sobre acuerdos transfronterizos conforme a DAC6 para las entidades sujetas al Pilar 2, siempre que cumplan determinadas condiciones.

Para el resto de las personas obligadas a informar, se eliminan los indicadores genéricos A (indicadores generales o estructurales, que sirven como base para interpretar el resto. Dentro de cada bloque de información los indicadores se numeran (A.1, A.2, A.3…), y describen datos básicos, de contexto o de configuración institucional).

Además, el plazo para informar se amplía de 30 a 90 días y el inicio del cómputo se limita al momento en que el acuerdo se aplica efectivamente.

Asimismo, se elimina el umbral de actividad para informar sobre ventas de bienes conforme a DAC7 y el umbral monetario actual se incrementa de 2.000 a 3.000 euros. Al eliminar la obligación de informar sobre operaciones de escaso valor, esta medida beneficiará a los vendedores en línea de bienes, a los operadores de plataformas y a las administraciones tributarias.

Favorecerá la economía circular, preservando al mismo tiempo la capacidad de los Estados miembros para aplicar eficazmente sus normas nacionales de tributación.

El ahorro total en costes de cumplimiento para las empresas derivado únicamente de estos elementos de simplificación será de alrededor de 1.300 millones de euros. Los beneficios serán especialmente importantes para las pymes, los operadores de plataformas y los grupos multinacionales.

Por su parte, el Reglamento Ómnibus actualiza disposiciones que ya no son adecuadas para su finalidad y elimina disposiciones duplicadas o excesivamente complejas para mejorar la coherencia del marco de fiscalidad directa de la UE.

Entre las principales medidas se incluyen:

– Eliminar la duplicación entre las normas sobre sociedades extranjeras controladas (CFC) y el impuesto mínimo global (Pilar Dos).

– Suprimir las normas sobre asimetrías híbridas importadas, ya que han demostrado ser excesivamente complejas y ofrecer resultados nulos o limitados.

– Simplificar el marco CFC mediante un enfoque de modelo único.

– Mejorar el mecanismo de resolución de litigios abordando problemas específicos de interpretación y obstáculos procedimentales.

El antecedente próximo de esta iniciativa hay que buscarlo en la Brújula para la Competitividad, basada en el Informe Draghi, bajo el principio de que una regulación sencilla es clave para una Europa más competitiva y atractiva.

El Paquete de Simplificación Fiscal (en adelante, PSF) se ha diseñado para simplificar las normas fiscales de la UE y reducir las cargas de cumplimiento para las empresas.

El PSF consta de dos propuestas:

  • La «Fiscalidad Ómnibus», y
  • La refundición de la Directiva sobre cooperación administrativa.

Con ello se persigue:

  • La modernización del marco de imposición directa de la UE.
  • El refuerzo de la competitividad del mercado único.
  • El mantenimiento del nivel de protección contra el fraude, la evasión y la elusión fiscales.
  • El ahorro a las empresas de la UE de unos 8.000 millones de euros anuales, de los que 3.300 millones de euros anuales corresponderán a costes administrativos.

Paquete de simplificación fiscal (PSF).

La Comunicación de la Comisión Europea destaca que, en los últimos diez años, se ha desarrollado de una manera significativa el marco de la fiscalidad directa en el ámbito de la UE, respondiendo a los retos derivados de:

  • La globalización.
  • La digitalización.
  • La planificación fiscal agresiva.
  • La necesidad de reforzar el funcionamiento del mercado interior.

Dicho desarrollo normativo y procedimental ha aumentado la complejidad y los costes de cumplimiento para las empresas que operan a escala transfronteriza, por lo que el PSF, además de suponer el mantenimiento de los criterios de coherencia, proporcionalidad y eficacia, pretende:

  • Simplificar el acervo en materia de fiscalidad directa.
  • Reducir las cargas innecesarias de cumplimiento.
  • Aumentar la seguridad jurídica, y
  • Facilitar la actividad transfronteriza en el mercado interior.

Reglamento Ómnibus sobre la fiscalidad directa. 

Introduce las siguientes medidas:

  • Simplificación de normas complejas para mejorar el mercado interior.

El Reglamento Ómnibus introduce una exención de la retención a cuenta sobre todos los pagos transfronterizos de dividendos, intereses y cánones entre empresas de la UE.

Se eliminan los requisitos procedimentales iniciales y se simplifican los procesos de devolución, facilitando la financiación y fomentando la inversión y mejorará la competitividad.

Se calcula que esta medida debería aportar a los contribuyentes de la UE ahorros y beneficios de alrededor de 5.300 millones de euros anuales.

  • Facilitar la financiación.

El Reglamento Ómnibus suprime las restricciones innecesarias a la verdadera financiación de terceros y del mercado, facilitando a las empresas la inversión en el mercado interior.

Se excluyen los préstamos de terceros de bajo riesgo del ámbito de aplicación de la norma de limitación de intereses, garantizando que la financiación procedente de bancos y mercados no esté sujeta a restricciones innecesarias.

Simplifica la norma de limitación de intereses de la Directiva contra la elusión fiscal (ATAD) al eliminar las opciones de aplicación y hacer obligatorio el umbral de minimis, garantizando que todos los Estados miembros pongan a disposición los mismos mecanismos clave de simplificación en toda la UE, como la regla de escape para grupos y el mecanismo de arrastre.

Supone la actualización automática del umbral obligatorio “de minimis” de la norma de limitación de intereses para liberar de hecho a las empresas más pequeñas de las obligaciones de cumplimiento y permitir que las administraciones tributarias se concentren en los casos de mayor riesgo.

Se calcula que estas modificaciones darán lugar a reducciones administrativas y de cumplimiento por valor de más de 500 millones de euros al año.

  • Eliminación de las duplicidades.

El Reglamento Ómnibus elimina las disposiciones superpuestas entre las reglas de la Compañía Extranjera Controlada (CFC) y el impuesto mínimo global (Pilar Dos), reduciendo la complejidad innecesaria y las superposiciones.

Se calcula que esta medida debería ahorrar a las empresas aproximadamente 160 millones de euros en costes de cumplimiento al año.

  • Reforzar la seguridad jurídica.

 La introducción de un enfoque basado en un modelo único para el marco CFC simplificará su aplicación en toda la UE, garantizando una mayor claridad y uniformidad y reduciendo los costes de cumplimiento en unos 45 millones de euros al año.

  • Mejorar la resolución de litigios.

El Reglamento Ómnibus aborda cuestiones relacionadas con la interpretación y aplicación de la Directiva sobre el Mecanismo de Resolución de Litigios para facilitar su utilización por los contribuyentes.

  • Facilitar las operaciones transfronterizas, ampliando el ámbito de aplicación de la Directiva sobre Fusiones Fiscales, de manera que todas las reorganizaciones empresariales transfronterizas cubiertas por el derecho societario de la UE podrán llevarse a cabo sin tributación inmediata.
  • Impulsar la competitividad

Se introduce un estándar mínimo común para el tratamiento fiscal de las inversiones en activos materiales relacionados con I+D en toda la UE, haciendo de la Unión un lugar más atractivo para invertir en investigación e innovación.

Se estima que esto incrementará el PIB de la UE en torno a un 0,2 % anual, impulsando la economía.

Refundición de la Directiva sobre Cooperación Administrativa (DAC)

La refundición de la DAC codifica las nueve directivas existentes en un único instrumento jurídico coherente, mejorando la seguridad jurídica y la claridad para las empresas y las administraciones tributarias.

Respecto del marco jurídico de la UE para la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad directa, los principales objetivos de la propuesta de refundición de la DCA son:

  • Simplificar el marco jurídico.
  • Aclarar el marco jurídico, y
  • Mejorar el marco jurídico.

La DCA y sus ocho enmiendas se reúnen en un único texto jurídico, con lo que se pretende que la legislación sea más fácil de usar y más coherente, mejorando así la seguridad jurídica.

La refundición la DCA introduce algunas medidas clave, tales como:

  • Supresión de las obligaciones de información para determinados mecanismos transfronterizos: 

Se eliminan las obligaciones de información para 3.000 grupos de empresas multinacionales (MNE) con arreglo a las normas del Pilar 2, lo que genera un ahorro de costes de cumplimiento de alrededor de 300 millones de euros al año.

Se eliminan los requisitos de información para todas las demás empresas de la UE en relación con determinados mecanismos fiscales transfronterizos que proporcionan un valor añadido limitado a las administraciones tributarias, reduciendo el volumen de información en un 35 % y ahorrando 40 millones de euros al año.

  • Apoyo a la economía circular:

Se aumenta el umbral de notificación para las ventas en línea de bienes, eliminando las obligaciones de notificación de más de 10 millones de vendedores privados, en particular los que venden bienes de segunda mano.

Esta medida permitirá un ahorro de costes de cumplimiento de 678 millones de euros al año para las plataformas digitales.

  • Eliminar notificaciones duplicadas:

Se simplifica el proceso de notificación para los grupos multinacionales mediante la introducción de un único requisito de notificación para la información país por país y la presentación centralizada de las declaraciones relativas al impuesto complementario.

Esta medida permitirá ahorrar más de 260 millones de euros al año.

  • Mejora de la identificación del contribuyente:

Se introduce una nueva herramienta de verificación de los números de identificación de los contribuyentes (TIN), que garantiza que las administraciones tributarias puedan identificar de manera eficiente y eficaz a todos los contribuyentes notificados.

  • Ampliar la cobertura de la información intercambiada:

La refundición mejora el marco existente para el intercambio automático de información sobre determinadas categorías de renta y patrimonio exigiendo que se intercambie toda la información disponible sobre todas las categorías y, al mismo tiempo, proporcionando una base jurídica para que las autoridades tributarias accedan a dicha información.

Estas medidas reducirán significativamente los costes de cumplimiento para las empresas de la UE en más de 1.300 millones de euros anuales, garantizando al mismo tiempo que las administraciones tributarias sigan plenamente capacitadas para proteger sus ingresos fiscales y combatir el fraude, la evasión y la elusión fiscales.

La propuesta del PSF contiene diversas mejoras específicas destinadas a hacer que el marco de la DAC sea más eficaz y eficiente.

En relación con DAC1, la propuesta refuerza la exhaustividad del intercambio de información garantizando que pueda intercambiarse información sobre todas las categorías pertinentes de renta y patrimonio y permitiendo que las administraciones tributarias aprovechen mejor la información ya disponible a nivel nacional.

La propuesta también introduce una nueva herramienta de verificación del Número de Identificación Fiscal (TIN), que mejorará la calidad de la información intercambiada y aumentará significativamente las tasas de correspondencia automática.

Estas medidas requieren un esfuerzo de aplicación limitado por parte de las administraciones tributarias.

En el contexto de la DAC1, dado que la información ya está en poder de autoridades públicas a nivel gubernamental, las administraciones tributarias podrán obtenerla de la forma más rentable mediante acuerdos de intercambio de datos con dichas autoridades.

En cuanto a la medida relativa al TIN, las administraciones tributarias deberán asumir costes limitados de adaptación para conectarse a la infraestructura de verificación del TIN.

Se estima que estos costes ascenderán aproximadamente a entre 15 y 25 millones de euros para el conjunto de los Estados miembros, mientras que el componente central de la UE se estima entre 1 y 2 millones de euros.

No obstante, se espera que estos costes queden compensados por los beneficios derivados de disponer de información más completa y de mayor calidad, una reducción de las solicitudes de seguimiento y un análisis de riesgos más eficiente.

La propuesta implicará, además, para los ciudadanos de la UE, un aumento de la competitividad de las empresas de la UE mediante la reducción de la carga administrativa y de los costes asociados que beneficiará a los ciudadanos de la UE y a la Unión en su conjunto.

Concretamente, las principales medidas con efectos directos sobre los ciudadanos son las que afectan a DAC7 y DAC1, son las siguientes:

Las modificaciones de DAC7 implican que muchos ciudadanos que venden artículos de segunda mano ya no tendrán que ser comunicados por la plataforma, salvo que superen el umbral monetario.

Estas medidas simplifican las ventas en línea para los ciudadanos, reduce la carga para las autoridades tributarias al procesar información de escaso valor y apoya la economía circular, manteniendo al mismo tiempo la protección frente a la evasión y la elusión fiscales.

Los cambios en DAC1 implican que los Estados miembros que intercambien información sobre, por ejemplo, los ingresos laborales de no residentes deberán comprobar primero si la información requerida ya está disponible a nivel estatal, ya sea en la administración tributaria o en otra administración pública.

Esto significa que no tendrán que pedir a los ciudadanos la misma información varias veces, en consonancia con el Principio de «Solo una vez» de la Comisión.

En la práctica, la herramienta de verificación del TIN será obligatoria para las administraciones tributarias de los Estados miembros y voluntaria para las entidades informantes.

Las entidades informantes que decidan utilizar la herramienta de verificación del TIN quedarán exentas de comunicar varios datos adicionales de identificación, lo que les permitirá ahorrar costes.

El principio básico de la herramienta consiste en validar la corrección del TIN. En ese sentido, la administración tributaria o la entidad informante introducirá el nombre del sujeto objeto de información y su TIN en una herramienta central de validación. A continuación, la herramienta confirmará si el TIN está asociado al sujeto declarado correcto, es decir, al contribuyente.

La Comisión será la encargada de establecer y mantener esta herramienta.

Los detalles técnicos de la herramienta de verificación del TIN se definirán mediante un acto de ejecución de la Comisión.

Calendario de la propuesta.

La propuesta sobre la DAC se presentará al Parlamento Europeo para consulta y al Consejo para su adopción, siendo tratado en éste por el Grupo Antici, responsable de los asuntos políticos de alto nivel, formado por personal diplomático, también de alto nivel.

La mayoría de las medidas de simplificación se aplicarán de forma prioritaria y deberán estar implantadas antes de 2028.

El resto de las medidas, incluidas aquellas destinadas a mejorar el funcionamiento efectivo de la Directiva, deberán aplicarse antes de 2030.

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ANEXO DOCUMENTAL:

– En general, sobre simplificación:

https://commission.europa.eu/law/law-making-process/better-regulation/simplification-implementation-and-enforcement/simplification_en

– En particular, sobre el PSF y el Reglamento Ómnibus:

Ficha informativa

Preguntas y respuestas

Paquete de simplificación fiscal

Resumen de la Evaluación de Impacto del Ómnibus Tributario

Propuesta de Reglamento Ómnibus Tributario

Evaluación de impacto del Reglamento general de fiscalidad

Documento de trabajo para el Ómnibus Fiscal

Anexos para el Ómnibus Fiscal

Propuesta de refundición del CAD

Evaluación de impacto DAC Propuesta de Directiva del Consejo

Anexos Propuesta de la DCA de Directiva del Consejo

Dictamen del Comité de Control Reglamentario para la refundición del CAD

Resumen de la evaluación de impacto de la refundición del CAD

Rejilla subsidiaria para la refundición del CAD