Finalizado el contrato de arrendamiento, ¿qué hago si el inquilino no abandona el local?
Llegada la fecha del final del contrato de arrendamiento de local si el inquilino no abandona el local, el arrendador podrá recuperar el inmueble mediante un procedimiento judicial de desahucio por expiración del plazo contractual ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde radique el inmueble arrendado, si hay varios, al que por turno de reparto le corresponda.
Para interponer este procedimiento resulta obligatoria la intervención de abogado y procurador y se tramitará por las reglas del juicio verbal, con algunas particularidades, en los términos del artículo 250.1. 1º de la LEC.
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