El Colegio de Gestores Administrativos de Madrid arranca la séptima edición del Turno de Renta
- Se trata de un servicio de elaboración de la declaración de IRPF no tiene coste alguno para el contribuyente y que cuenta con todas las garantías legales y tributarias. El teléfono de cita previa es el 901 44 40 40 y estará activo a partir del 4 de mayo
- El Turno de Renta se presta también en el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y en la sede de ONCE Madrid.
- El ICOGAM se une a la campaña X Solidaria para que los contribuyentes marquen la casilla de Fines Sociales en su declaración de la renta
El Colegio de Gestores Administrativos de Madrid arranca el “Turno de Oficio de Renta”, una campaña que cumple su sexta edición y en la que más de 45 colegiados especialistas en materia fiscal confeccionarán la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a personas con recursos limitados sin coste alguno para los contribuyentes y con todas las garantías legales y tributarias. Todos aquellos que cumplan los requisitos y quieran acogerse al Turno de Renta pueden pedir cita previa a partir de mañana día 4 de mayo para el servicio que comenzará el día 11 de mayo.
El servicio se ofrecerá de nuevo en la sede de ONCE en Madrid y en el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, municipio que no cuenta con oficina de la Agencia Tributaria. Ambos convenios de colaboración se han renovado para el presente ejercicio. Esta iniciativa persigue ayudar a los ciudadanos de Madrid y, a la vez, aligerar la carga de las Administraciones de Hacienda en su labor de confección gratuita de declaraciones. Más de un 7.000 personas se han acogido a este servicio en las anteriores ediciones.
El Colegio cuenta con una herramienta informática de gestión del conocimiento para la elaboración de la Declaración de la Renta con el objetivo de mejorar la calidad del servicio. Se trata de una aplicación de software desarrollado a medida para este Turno de Oficio, y que garantiza un mejor servicio a la ciudadanía. A través de 80 preguntas, cuya cumplimentación no lleva más de 5 minutos, el gestor administrativo obtiene información complementaria más allá del Borrador de la Agencia Tributaria.
El “Turno de Oficio de Renta” del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid está destinado a todos aquellos residentes en la Comunidad de Madrid que se encuentren en situación de desempleo o que, estando en activo, no tengan más ingresos que declarar que las rentas de su trabajo (inferiores a 65.000 euros) y, como máximo, dos viviendas (una habitual y una segunda residencia, una de ellas alquiladas con un solo contrato).
No podrán optar a este servicio los ciudadanos residentes fuera de la Comunidad de Madrid, ni aquellos que deban declarar a Hacienda rendimientos por actividades empresariales o profesionales (autónomos), ni los que carezcan de los datos fiscales, entre otras restricciones.
X Solidaria
El Colegio de Gestores Administrativos de Madrid se ha adherido a la campaña de la “X Solidaria” puesta en marcha por la Plataforma de ONG de Acción Social, organización que agrupa a las 32 organizaciones más importantes del país, para que los contribuyentes marquen la casilla de Fines Sociales en su declaración de la Renta.
La campaña logró el pasado año que en las declaraciones presentadas en 2016 (ejercicio fiscal de 2015) el 56% del total de los contribuyentes marcara la “X Solidaria” (bien exclusiva o conjuntamente con la de la Iglesia Católica) lo que en términos de recaudación supuso 299 millones de €.
Se puede pedir cita previa del servicio de Turno de Oficio de Renta en el teléfono gratuito 901 44 40 40.
ANEXO: requisitos completos para acogerse al ‘Turno de Oficio de Renta’. Los requisitos para acogerse al servicio son los mismos que para optar a la confección gratuita de la declaración por Hacienda.
Puede solicitar el Turno de Renta
- Obtiene rentas por rendimientos del trabajo inferiores a 65.000 euros.
- Obtiene rendimientos del capital mobiliario con el límite de 15.000 euros brutos anuales.
- Tiene imputación de rentas inmobiliarias con origen, como máximo, en dos inmuebles.
- Tiene ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso en cuenta con el límite de dos transmisiones.
- Propietario de 1 inmueble que ha tenido alquilado con un solo contrato en el ejercicio.
- Tiene deducción por adquisición de vivienda o por alquiler de vivienda.
- No compensa partidas negativas de años anteriores.