¿Cuándo hay que presentar el Impuesto sobre Sociedades en caso de extinción de una sociedad?
Pongamos por caso una sociedad que se ha disuelto o extinguido y cuya fecha de cese en la Agencia Tributaria sea diferente a la del Registro Mercantil. En este caso, para calcular el plazo de presentación del Impuesto sobre Sociedades, tendremos en cuenta la fecha en la que se ha inscrito la extinción o cancelación de la sociedad en el Registro Mercantil.
Como el Impuesto sobre Sociedades se presenta en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la finalización del periodo impositivo. Para este caso, habrá que presentarlo dentro de los 25 días naturales, siguientes a los 6 meses posteriores a la fecha correspondiente al asiento de cancelación en el Registro Mercantil.
Impuesto sobre Sociedades
El Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.
- Tiene carácter directo porque grava la renta como manifestación directa de la capacidad económica del sujeto pasivo.
- Con naturaleza personal porque tiene en cuenta determinadas circunstancias particulares de cada contribuyente a la hora de concretar la cuantía de la prestación tributaria que está obligado a satisfacer.
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